“Hoy finaliza la primera etapa de regularización de activos. Han sido depositados US$18.000 millones solo en efectivo, lo que damos como un éxito rotundo”, aseguró el portavoz presidencial, Manuel Adorni, en su habitual conferencia de prensa.
El plazo de finalización de esta etapa inicial estaba pautado para el 30 de septiembre, pero finalmente fue postergada hasta la finalización de este mes por pedido de muchos contadores públicos y el interés del gobierno de sumar depósitos en dólares.
En tanto, como no hubo retiros significativos de los dólares depositados ya el lunes los depósitos privados en dólares en los bancos alcanzaban los 32.492 millones, el nivel más alto desde 2019.
Además, el gobierno estima que los depósitos son aún mayores porque en los dos días posteriores el dinero del blanqueo siguió depositándose.
El blanqueo está dividido en tres etapas y en cada una de ellas se modifica la alícuota a pagar por los bienes regularizados. Durante cada etapa convive posibilidad de declarar dinero en efectivo y bienes.
En lo que respecta a bienes en efectivo la exteriorización hasta US$100.000 no tuvo ningún tipo de penalidad.
La etapa dos tiene como período para realizar la manifestación y pago adelantando del 1° de noviembre al 31 de enero, mientras que hasta el 28 de febrero de 2025 se podrá realizar la presentación de la declaración jurada y completar el pago.
La etapa tres va del 1° de febrero de 2025 al 31 de abril de 2025, con presentación de declaración y pago de la alícuota hasta el 31 de mayo.
Las alícuotas que se aplican son:
Etapa 1: 5%.
Etapa 2: 10%.
Etapa 3: 15%.
Si un contribuyente realiza adhesiones en más de una etapa, se tomó la última como etapa para el cálculo de alícuotas.
En la normativa que regularizó en julio pasado el blanqueo se indicaba que el “tapón fiscal establece que los sujetos que regularicen bienes que poseyeran al 31/12/2023, sumados a los que declaren en las respectivas declaraciones juradas de los ejercicios finalizados hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, tendrán los beneficios de liberación de los impuestos, por cualquier bien o tenencia que hubieren poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y no lo hubieren declarado”. (DIB)
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