La Municipalidad de Chascomús recuerda que está vigente la ordenanza 5305/2018, que prohíbe el uso, tenencia, producción, almacenamiento y comercialización de artificios pirotécnicos con efecto audible en todo el partido.
La medida apunta a reducir los riesgos asociados y concientizar a toda la comunidad sobre sus impactos negativos.
Los estruendos generados por petardos, bombas y morteros afectan gravemente a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), adultos mayores, niños, y animales domésticos y silvestres, además de representar un riesgo significativo para el ambiente y la seguridad general, al ser causantes de incendios y lesiones graves.
Como alternativa, se promueve el uso de pirotecnia de efecto lumínico, que permite disfrutar de las celebraciones sin causar daño a terceros.
Asimismo, se alerta a los comercios que incumplan la normativa que podrían enfrentar multas y clausuras de hasta 60 días.
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