Tras el importante aumento en los contagios de coronavirus en los últimos días y el avance de la variante Ómicron, el Gobierno estableció nuevas medidas para el ingreso de personas al país, el Gobierno dispuso nuevas medidas para el ingreso de personas al país.
A través de la Decisión Administrativa 1316/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial con las firmas del jefe de Gabinete, Juan Luis Manzur, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y el ministro de Interior, Eduardo “Wado” de Pedro se otorgó un mayor marco legal a las empresas de transporte, tanto aéreo como marítimo y terrestre, para exigir el cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
De esta manera, el Gobierno dispuso que “previo al inicio del viaje hacia la Argentina, los operadores de medios de transporte aéreos, fluviales y marítimos de pasajeros internacionales deberán sin excepción comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento de los extremos definidos como requisitos sanitarios”.
Los operadores también deberán “verificar los datos de la documentación sanitaria que se les exhiba al embarque”, lo cual refiere a cuatro elementos:
“Los operadores de medios de transporte están facultados a negar el embarque a quienes no cumplan con esos requisitos”, dice el documento. Y añade: “Toda la documentación que se presente al momento del embarque y que se exhiba durante la estadía en el país tendrá carácter de declaración jurada, y su falseamiento u omisión de información darán lugar al inicio de las correspondientes acciones penales”.
Además, aclaran que, “una vez en el territorio nacional, las personas que ingresen al país deberán portar, durante los 14 días posteriores a su arribo, la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos”.
Sumado a esto, mediante esta decisión administrativa, las autoridades establecen que todas las personas mayores de 6 años que hayan acreditado estar vacunados y vacunadas con toda o parte del esquema de vacunación “deberán practicarse una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre el tercer y el quinto de su llegada al país, debiendo abstenerse durante esos días de estadía en el país de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados”.
Del mismo modo, dicen que seguirá estando “permitido el relevo de tripulaciones de buques internacionales compuestas por personas extranjeras, siempre que las personas que ingresen al país a tal efecto en un medio de transporte distinto al del relevo”.
Y aclaran que, además, deberán cumplimentar los requisitos migratorios y sanitarios vigentes para el ingreso establecidos para los extranjeros no residentes mayores de 18 años. Es decir, los siguientes:
Y subrayan: “Solo se podrán hacer los relevos en buques internacionales o de tripulaciones internacionales en puertos que cuenten con un protocolo jurisdiccional provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de derivación, atención médica y traslado sanitario, o según el caso de testeo y secuenciación genómica previamente presentado ante la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante”.
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