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martes, enero 28, 2025

Concejales de la oposición proponen realizar Control de Calidad del Agua Potable en Chascomús

“Como Poder Legislativo nos dimos cuenta de que no existe una ordenanza preexistente que le exija al Departamento Ejecutivo un examen anual del estado del agua corriente”, expresaron en el proyecto de ordenanza ingresado en la séptima sesión ordinaria.

Por Ximena B. Xiong

El proyecto de ordenanza ingresado en la séptima sesión ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de Chascomús a desarrollarse hoy, se basa en la importancia de contar con información acerca del estado del agua en la localidad.

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En este sentido, el interbloque UCR-Cambiemos Chascomús elevó el proyecto que surgió por las inquietudes transmitidas por vecinos, quienes manifestaron sus dudas sobre el agua que consumen diariamente.

Por tal motivo, se confeccionó la ordenanza con el objetivo de establecer un control mínimo anual de análisis físico-químicos y bacteriológicos del agua potable que se consume en la localidad. “Como Poder Legislativo nos dimos cuenta de que no existe una ordenanza preexistente que le exija al Departamento Ejecutivo un examen anual del estado del agua corriente”, señalaron en el proyecto que se fundamentó en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

El mismo refiere que “todos los habitantes gozan de un derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y que satisfaga las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”.

“Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, utilización racional de los recursos naturales, preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, información y educación ambientales”, menciona el artículo.

Respecto a la importancia de la información ambiental, se hizo hincapié en llevar a cabo gestiones ambientales siendo “indispensable para evaluar el resultado de las políticas implementadas y apreciar las previstas para el mediano y largo plazo”, sumado a que la salud y el cuidado del medioambiente “deben ser prioritarios al momento de diseñar las políticas públicas”.

En ese sentido, el proyecto expresa que el ejecutivo municipal deberá suministrar la información como parte de sus funciones ante el pueblo que lo eligió para su representación.

Por lo tanto, los análisis físico-químicos y bacteriológicos “es prioritario tanto como la publicación de dichos resultados a través de los medios de comunicación del Municipio de Chascomús para garantizar el acceso de todas las personas interesadas a dicha información”.

En cuanto a parámetros a tener en cuenta al momento del análisis del agua, la ordenanza señala entre tantos el color, siendo que el agua es un líquido transparente y que sin embargo puede verse afectado por la presencia de materia orgánica natural o sustancias húmicas que se pueden encontrar disueltas o en suspensión.

También la turbiedad, es decir, la medida del grado de transparencia que pierde el agua por las sustancias suspendidas en ella. “Es el principal parámetro que afecta su color, el cual se le conoce como color aparente debido a que son perceptibles las partículas en suspensión”.

La conductividad, referida a la capacidad del agua para conducir corriente eléctrica, relacionada con la concentración de iones que tiene y el pH que determina la acidez o alcalinidad del agua.

Entre los parámetros también se encuentran las bacterias coliformes, “un grupo de especies bacterianas, dentro de las que se encuentran las coliformes fecales y E. coli. Son bacterias que se encuentran en la superficie del agua y pueden causar enfermedades como diarrea, vómito o disentería”.

En base a ello y la necesidad de contar con información sobre el estado del agua en Chascomús, la oposición presentó el proyecto de ordenanza en la que manifestaron en el primer articulado que el Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, “deberá realizar un Control de Calidad del Agua Potable al menos una vez al año y deberá informar a la comunidad los resultados”.

Mientras que en su segundo articulado explicita que “las muestras de agua deberán realizarse en distintas zonas de nuestra ciudad para garantizar un resultado heterogéneo y una muestra representativa”.

Dicha muestra deberá indicar: ubicación del pozo de extracción; fecha de realización del análisis; método utilizado; resultados; valores máximos permitidos de los distintos componentes tales como arsénico, PH, cloruros, sulfatos, conductividad, nitrato, dureza total, entre otros datos pertinentes.

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